Artículo 65. Matrícula del estudiante internacional No hay temas

La condición del estudiante que procede del exterior, que cuenta con titulaciones expedidas por instituciones de educación del exterior, realizará el proceso de inscripción teniendo en cuenta los documentos específicos para legalizar su matrícula.

Parágrafo 1. Estudiante internacional de pregrado. El estudiante deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Copia legible del documento nacional de identidad (DNI, Cédula de extranjería o pasaporte).

b) Copia autenticada del Diploma de bachiller y acta de grado obtenido en el país o su equivalente en el exterior debidamente apostillado para el ingreso a la educación superior para el programa de pregrado.

c) Estar en posesión del resultado del examen de Estado o su equivalente de acuerdo con el país de origen del aspirante y debidamente apostillado.

d) Copia del certificado de calificaciones de las asignaturas cursadas en el programa de procedencia apostilladas.

e) Contenidos de las asignaturas cursadas en el programa de procedencia.

f) Constancia de créditos aprobados en programas de articulación.

g) Si el estudiante tiene convenio SENA, fotocopia del Diploma y Acta de la Tecnología o el Técnico.

h) Certificado de homologación de las pruebas Saber emitido por el ICFES (pruebas presentadas en el país de origen para el ingreso a la educación superior).
Puede presentar los resultados de alguno de los exámenes extranjeros reconocidos por el ICFES.

i) El estudiante debe certificar fluidez del idioma español (este requisito para estudiantes de habla NO hispana). Deberá acreditar un nivel B2, dentro del Marco Común Europeo.

j) Acta de compromiso estudiantil (para los programas que aplique).

k) Diligenciar el formulario de inscripción.

l) Comprobante de pago de los derechos pecuniarios por concepto de inscripción, matrícula y seguro estudiantil.

m) Acta de Matrícula (en el caso de ser aspirante internacional deberá estar con el acto administrativo expedido por Secretaria General).

n) Registro digital del rostro (fotografía) acorde con el formato establecido o registro biométrico determinado por la Universidad.

Parágrafo 2. Estudiante internacional de posgrado. El estudiante deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Una copia legible del documento nacional de identidad (DNI, Cédula de extranjería o pasaporte).

b) Diploma y acta de grado que lo acredite como profesional, o su equivalente, obtenido en el exterior, de acuerdo con los tratados internacionales y debidamente apostillado. Para el ingreso a programas de posgrado, la convalidación no es obligatoria para cursar el programa. No obstante, sí es indispensable para el ejercicio de la profesión según lo establecido en el Marco Nacional de Cualificaciones o reconocimiento para escalafón o cargo.

c) Hoja de vida con foto reciente.

d) Constancia de créditos aprobados en programas de articulación.

e) Copia del certificado de calificaciones de las asignaturas cursadas en el programa de procedencia apostilladas.

f) Contenidos de las asignaturas cursadas en el programa de procedencia.

g) El estudiante debe certificar fluidez del idioma español (este requisito para estudiantes de habla NO hispana). Deberá acreditar un nivel B2, dentro del Marco Común Europeo.

h) Diligenciar el formulario de inscripción.

a) Presentar y aprobar las pruebas de ingreso que determinen los Consejos de cada Escuela, (aplica para aspirantes a programas de Doctorado) según se haya establecido en la UNAD.

b) Comprobante de pago de los derechos pecuniarios por concepto de inscripción, matrícula y seguro estudiantil.

c) Acta de Matrícula (en el caso de ser aspirante internacional deberá estar con el acto administrativo expedido por Secretaria General).

d) Registro digital del rostro (fotografía) acorde con el formato establecido o registro biométrico determinado por la Universidad.

Parágrafo 3. Cuando el estudiante internacional de posgrado ha registrado los cursos académicos, realiza la debida legalización y pago de los derechos pecuniarios correspondientes, deberá entregar los siguientes documentos:(incompleto

Parágrafo 4. Los aspirantes extranjeros amparados por convenios internacionales se inscriben de acuerdo con lo establecido en cada convenio y demás normas vigentes.

Parágrafo 5. Los documentos deben estar traducidos al español para el caso de los estudiantes de habla no hispana.

Parágrafo 6. Los aspirantes internacionales que se encuentren fuera del país podrán seleccionar los programas que tengan componente práctico presencial, debiendo gestionar los trámites correspondientes para establecimiento de convenio interinstitucional de prácticas con la respectiva Escuela de la UNAD.

Parágrafo 7. Para los estudiantes radicados en el exterior, que tengan que realizar giros internacionales para realizar el pago de la matrícula, pueden hacerlo a través de los convenios de la UNAD con los servicios de envió de dinero, que se encuentren vigentes.
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