Artículo 41. Matrícula. Acto voluntario personal e intransferible, por el cual una persona formaliza su vinculación o renovación de la calidad de estudiante en el servicio educativo de la UNAD, en los diferentes sistemas educativos y niveles de formación que la Universidad oferta. A partir del proceso de matrícula el estudiante tendrá acceso a los diferentes recursos académicos y tecnológicos de acompañamiento y soporte a su proceso formativo y de vida universitaria, de acuerdo con el programa en el que se matricule.
Parágrafo 1. El procedimiento del pago de la matrícula es por medio electrónico o a través de entidades financieras. Igualmente la gestión documental en línea todo el proceso de matrícula o en los Centros y Seccionales de la UNAD. Parágrafo 2. Cuando el estudiante ha registrado los cursos académicos o la opción de grado, haciendo la debida legalización y pago del derecho pecuniario correspondiente. Los requisitos para el proceso de matrícula son: a) Comprobante de pago de los derechos pecuniarios por concepto de inscripción, matrícula y seguro estudiantil. b) Documento de identidad c) Diploma de bachiller y acta de grado obtenido en el país o su equivalente en el exterior debidamente apostillado para el ingreso a la educación superior para el programa de pregrado o posgrado. d) Diploma y acta de grado que lo acredite como profesional, para el caso de títulos obtenidos en el extranjero, la convalidación no es obligatoria para cursar el programa. No obstante, sí es indispensable para el ejercicio de la profesión o reconocimiento para escalafón, o cargo. e) Certificación digital de la presentación del examen de Estado para el ingreso a la educación superior. f) Acta de compromiso estudiantil. g) Registro digital del rostro (fotografía) acorde con el formato establecido. h) Constancia de créditos aprobados en programas de articulación. |