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Artículo 45. Identificación del estudiante. Es la herramienta a través de la cual se genera la identificación del estudiante y se permite el acceso a todos los servicios educativos y administrativos de la Universidad, a través de un código dispuesto por Registro y Control Académico.

Parágrafo 1. Esta identificación es válida para el estudiante matriculado en cualquier nivel o ciclo de formación y en cualquier ámbito de carácter nacional e internacional. Respecto a los datos biométricos y la fotografía de su rostro son datos sensibles y por lo tanto no está obligado a autorizar su tratamiento, la finalidad de estos datos es la identificación del titular para el acceso a los servicios en las instalaciones físicas de la UNAD.

Parágrafo 2. Los estudiantes en proceso de articulación recibirán identificación siempre y cuando en el marco del convenio se haya clarificado sus implicaciones frente a los servicios ofrecidos en la UNAD.
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