Artículo 46. Pérdida de la calidad de estudiante. La calidad de estudiante se pierde cuando:
a) El no haber culminado el programa académico correspondiente. b) No haya pagado el valor de los derechos pecuniarios de la matrícula dentro de los periodos establecidos por la Universidad. c) Suspensión o cancelación de la matrícula. d) Haya sido suspendido o expulsado por aplicación del régimen disciplinario e) Tenga pérdidas repetitivas superiores a tres (3) cursos académicos en más de dos periodos académicos. f) No tener continuidad académica por más de dos periodos académicos consecutivos. |