Artículo 58. Requisitos para obtener el título en Educación Superior. Para que el estudiante pueda obtener el título en educación superior debe:
a) Haber aprobado la totalidad de los créditos académicos establecidos por el programa cursado. b) Haber aprobado una de las opciones de grado establecidas en el estatuto estudiantil, acorde con las regulaciones dadas por el respectivo Consejo de Escuela. c) Haber presentado el examen del Estado de calidad de la Educación Superior. d) Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución. e) Pagar el valor de derechos de grado establecido por el Consejo Superior Universitario. f) Tener definida su situación militar, para el caso de los varones. Parágrafo 1. Para los títulos posgraduales no aplica el literal c. Parágrafo 2. A los varones mayores de 50 años no es aplicable el literal f. Parágrafo 3. Para obtener la titulación en más de un programa académico, se deberá cumplir con cada uno de los requisitos establecidos en los respectivos programas y la presente norma. Parágrafo 4. Para los programas técnicos, tecnológicos y profesionales de la UNAD, la cátedra social solidaria y la cátedra región es requisito de grado. |