Esta opción aborda temáticas de actualidad y de interés para los campos profesionales y articulados a las demandas de diferentes sectores.
Parágrafo 1. El Seminario especializado tendrá un equivalente en derecho pecuniario de tres (3) créditos académicos del respectivo nivel de formación. Parágrafo 2. La ponderación de la evaluación del proceso de aprendizaje del seminario estará acorde con lo establecido por el Sistema Nacional de Evaluación, el cual corresponde al setenta y cinco por ciento (75%) para evaluaciones intermedias y el veinticinco por ciento (25%) para evaluación final. Parágrafo 3. El seminario especializado no es habilitable y en cuanto al seguimiento al desarrollo del seminario especializado estará a cargo, en primera instancia, del cuerpo docente y, en segunda instancia, por el director del seminario. |