Artículo 124 1 tema

Artículo 124. Representación estudiantil: Son los actores que representan al estamento estudiantil siendo mediadores en la comunicación entre los estudiantes y las directivas de la Universidad. Se reconocen como estudiantes de alfabetización, básica y media, de grado o posgrado elegidos por participación democrática de todos los estudiantes de la institución en la representación de su estamento como presidente, vicepresidente, representantes zonales, representantes de centros y representantes de escuela a los diferentes órganos de gobierno y dirección de la Red de Estudiantes de la UNAD previo cumplimiento de los criterios y normatividad establecida por la misma.
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Categoría: Artículo 124
Tema iniciado 5 años 2 días antes, por cindyloraco
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