Warning: file_put_contents(/home/foro/public_html/foro-abierto-construccion-participativa/media/kunena/cache/aurelia/css/kunena.css): failed to open stream: Permission denied in /home/foro/public_html/foro-abierto-construccion-participativa/libraries/kunena/src/Template/KunenaTemplate.php on line 1661

Artículo 183. Apertura No hay temas

El secretario del Consejo de Escuela, recibida la información, agenda el caso en la respectiva sesión del Consejo de Escuela, en donde se decidirá si hay razones suficientes para iniciar el proceso contra el autor de la posible conducta constitutiva de falta disciplinaria, para realizar un llamado de atención o archivar caso.

Parágrafo 1. Cuando con fundamento en una queja o investigación preliminar se identifique al posible autor o autores de una falta disciplinaria se ordenará iniciar un proceso de investigación, teniendo en cuenta la naturaleza de la conducta, bajo la observancia del debido proceso.

Parágrafo 2. Cuando la información carezca de credibilidad o refiera hechos disciplinariamente irrelevantes, o de imposible ocurrencia, o sean presentados de manera inconcreta o difusa, el Consejo de Escuela se abstendrá de iniciar actuación alguna, lo cual quedará consignado en el acta, sin perjuicio de que pueda iniciarse con ocasión de prueba sobreviniente.
Tiempo de carga de la página: 0.018 segundos

Datos de Contacto

Teléfono: 3182194645
Sede Principal: Calle 14 Sur # 14 – 23 Barrio Restrepo, Bogotá - Colombia.


Atención al usuario
Buzón de notificaciones judiciales


Ir al Plan anticorrupción
Línea anticorrupción:
3182194645
anticorrupcion@unad.edu.co

Certificaciones

Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD de Colombia - © Copyright UNAD 2025
Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional

Consulta la Hora Legal de Colombia aquí