Artículo 17. Centro. Espacio local articulado a un nodo y dotado con recurso humano e infraestructura física y tecnológica para la gestión académica y la atención de los usuarios y la comunidad local y regional. Se clasifican en: centros de educación abierta y a distancia (CEAD), centros comunitarios de atención virtual (CCAV) y unidades de desarrollo regional (UDR), entre otras unidades de atención estudiantil y comunitaria.
|