Artículo 24. Sistema Nacional de Educación Permanente. Dispositivo organizacional de carácter sistémico, adscrito a la Vicerrectoría de Inclusión Social para el Desarrollo Regional y la Proyección Comunitaria, encargado de gestionar, planear, promover, ejecutar y evaluar sus programas en alfabetización, educación básica y media, hasta la articulación con la educación superior, la educación media fortalecida y la educación para el trabajo y el desarrollo humano. Promueve, además, procesos de orientación vocacional y preparación para las pruebas de Estado. Desde este Sistema se gestionan y desarrollan programas y proyectos especiales para cumplir con el propósito de educación a lo largo de la vida.
Parágrafo 1. Promueve, además, procesos de orientación vocacional y preparación para las pruebas de Estado. Desde este Sistema se gestionan y desarrollan programas y proyectos especiales para cumplir con el propósito de educación a lo largo de la vida. |