Warning: file_put_contents(/home/foro/public_html/foro-abierto-construccion-participativa/media/kunena/cache/aurelia/css/kunena.css): failed to open stream: Permission denied in /home/foro/public_html/foro-abierto-construccion-participativa/libraries/kunena/src/Template/KunenaTemplate.php on line 1661

Artículo 083 1 tema

Artículo 83. Revisión de los resultados de la evaluación. Derecho que tiene el estudiante a solicitar al docente de su respectivo curso la revisión de los resultados de los procesos evaluativos. El estudiante dispondrá de los tres (3) días calendario, siguientes a la publicación de su calificación, para presentar su solicitud. El docente contará con cinco (5) días calendario, a partir de la solicitud, para resolverla. Si realizada la revisión, el estudiante sigue considerando inadecuada su calificación, puede solicitar una nueva revisión al director de curso, quien dispondrá de cinco (5) días calendario para realizar la recalificación, que tendrá el carácter de decisión definitiva.

Parágrafo 1. Si el docente y director de curso son la misma persona, se deberá hacer la solicitud ante el Líder Nacional del programa, quien será responsable de emitir la calificación definitiva.
Asunto Respuestas / Visitas Último Mensaje
Categoría: Artículo 083
Tema iniciado 4 años 6 meses antes, por CarlosV
Último Mensaje 4 años 6 meses antes
por CarlosV
Respuestas:0
Visitas:128
Último Mensaje por CarlosV
4 años 6 meses antes
Tiempo de carga de la página: 0.026 segundos

Datos de Contacto

Teléfono: 3182194645
Sede Principal: Calle 14 Sur # 14 – 23 Barrio Restrepo, Bogotá - Colombia.


Atención al usuario
Buzón de notificaciones judiciales


Ir al Plan anticorrupción
Línea anticorrupción:
3182194645
anticorrupcion@unad.edu.co

Certificaciones

Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD de Colombia - © Copyright UNAD 2025
Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional

Consulta la Hora Legal de Colombia aquí