Valoración de los resultados del proceso de aprendizaje, que se expresa de manera cuantitativa utilizando una escala que va de cero punto cero (0.0) a cinco punto cero (5.0). La calificación mínima aprobatoria es de tres punto cero (3.0) para cursos de programas de grado y para las asignaturas del ciclo de Educación Básica y Media de Educación Permanente, y tres punto cinco (3.5) para cursos de programas de posgrado.
Parágrafo 1. Cuando un estudiante no presente alguna de las actividades tanto académicas como evaluativas, estas serán valoradas con una calificación de cero punto cero (0.0). En este caso, el estudiante tendrá un plazo de tres (3) días a partir de la notificación de la calificación para contactar a su tutor y presentar soportes físicos o digitales que justifiquen el no haber presentado dicha(s) actividad(es) en las fechas estipuladas. Parágrafo 2. La nota aprobatoria para curso de posgrados es de tres punto cinco (3.5), incluso cuando se toman los cursos como opción de grado. Parágrafo 3. La escala de calificación para los Programas de Educación Permanente en alfabetización, educación formal de adultos y educación para el trabajo el desarrollo humano corresponde a la escala valoración nacional definida: desempeño superior: cuatro punto seis (4.6) a cinco punto cero (5.0), alto: cuatro punto cero (4.0) a cuatro punto cinco (4.5), básico: tres punto cero (3.0) a tres punto nueve (3.9) y bajo: cero punto cero (0.0) a dos punto nueve (2.9). Parágrafo 4. De acuerdo con la escala de calificación para los programas del Sistema de Educación Permanente, Alfabetización y Educación para el Trabajo el Desarrollo Humano se considera aprobado cuando un estudiante ha logrado un desempeño en nivel básico con nota mínima de tres punto cero (3.0). Parágrafo 5. Para el caso de la oferta de Educación Continua, la valoración de los procesos de aprendizaje se expresa de manera cualitativa, referida a la participación de un mínimo del sesenta 60% de las actividades; de esta forma, si el participante cumple o desarrolla las actividades en este porcentaje o más, dará lugar a la expedición del certificado de asistencia y participación del programa. Parágrafo 6. Para el caso de la aprobación de los cursos y/o programas de formación pertenecientes al Sistema Universitario Abierto (SUA), la valoración de los procesos de aprendizaje se expresa de manera cuantitativa y/o cualitativa, de acuerdo con las condiciones establecidas en las plataformas externas de los cursos tipo MOOC con el cual la UNAD tiene convenios/contratos establecidos, así como por las condiciones y normas internas de la institución, cuando se usa la plataforma interna del SUA en la UNAD. |