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CAPÍTULO X DE LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN ACADÉMICA 13 temas

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Es la valoración permanente e integral del desempeño del estudiante en relación con su proceso formativo, en coherencia con los propósitos de formación, competencias y resultados de aprendizaje propios de cada programa académico. Para ello, el estudiante debe hacer uso efectivo de su autorregulación, compromiso, motivación y disciplina, con el propósito de avanzar y participar activamente en la gestión de su proceso formativo.
Evaluación de prácticas en cur ...
por jccamachosa
3 años 3 meses antes
Son ejes rectores que fundamentan la evaluación del aprendizaje:

a) Eticidad. Promueve la transparencia, el análisis crítico y el respeto por los principios y valores comunitarios y solidarios de los actores académicos, en todos los momentos del proceso formativo y evaluativo, para el fortalecimiento del aprendizaje autónomo, significativo y colaborativo.

b) Significatividad. Valora la pertinencia de los desempeños y logros en su proceso formativo, en relación con los contextos disciplinares y sociales, con el propósito de contribuir al conocimiento aplicado y pertinente.

c) Objetividad. Criterio académico institucional para diseñar, ejecutar, valorar y realimentar la evaluación del aprendizaje en sus diferentes momentos y estrategias, de manera pertinente, confiable, clara e imparcial, en correspondencia con los propósitos de formación.
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La evaluación del aprendizaje en la UNAD se caracteriza por la continua valoración y realimentación de los procesos y los resultados de aprendizaje del estudiante en el desarrollo de su proceso formativo. Son componentes de la evaluación:

a) Evaluación de procesos. Es la valoración continua de los aprendizajes del estudiante mediante la integración de las estrategias didácticas, el acompañamiento y orientación permanente y la interacción dialógica de los actores académicos en los diferentes momentos de aprendizaje autónomo, significativo y colaborativo.

b) Evaluación de los resultados de aprendizaje. Es la valoración de los desempeños conceptuales, procedimentales, tecnológicos, disciplinares y contextuales logrados por los estudiantes al finalizar un proceso de formación, que responden al desarrollo y fortalecimiento de las competencias necesarias para su ejercicio en contextos educativos, sociales, laborales, profesionales y personales a lo largo de la vida.
Re: Propuesta
por shirleyr 9
3 años 3 meses antes
Se refiere a un conjunto de acciones planificadas y dotadas de intención formativa, de los distintos actores académicos orientadas a valorar el proceso formativo. Las estrategias de evaluación son:

a) Autoevaluación. Proceso de reflexión y regulación autocrítica del estudiante que permite establecer una correlación entre sus estrategias de aprendizaje, sus logros y sus niveles de desempeño. Fortalece el sentido de responsabilidad, autonomía, autorregulación y disciplina. Esta estrategia tiene una intención formativa.

b) Coevaluación. Proceso participativo que permite a los estudiantes la valoración recíproca y constructiva de los desempeños en el proceso formativo. Favorece la creación y dinamización de estrategias de aprendizaje colaborativo. Esta estrategia tiene una intención formativa.

c) Heteroevaluación. Proceso que permite al mediador valorar y realimentar de manera oportuna, pertinente y significativa los desempeños y logros de aprendizaje de los estudiantes, con el fin de favorecer la reflexión sobre los procesos de apropiación, comprensión y transferencia del conocimiento. Conduce a la asignación de calificaciones en el desarrollo del proceso formativo. Esta estrategia tiene una intención tanto formativa como sumativa.
Artículo 102. Estrategias de e ...
por apnunezr
3 años 3 meses antes
Para el desarrollo del proceso de evaluación del aprendizaje del estudiante se podrán utilizar algunos de los siguientes recursos, dependiendo de la tipología del curso académico.

a) Lecciones evaluativas
b) Lecciones en vivo
c) Foros colaborativos, a través de comunicación sincrónica y asincrónica.
d) Recursos para trabajo colaborativo (wiki, blog, talleres, seminarios, webquest, entre otros.)
e) Pruebas Objetivas Cerradas (POC)
f) Pruebas Objetivas Abiertas (POA)
g) Otras que dispongan la red del curso para permitir el desarrollo de los contenidos y las intencionalidades formativas que, por la naturaleza del curso, se promuevan en la articulación de la estrategia didáctica desarrollada.

Parágrafo único. Para aquellos estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad (sensorial, motora, cognitiva o intelectual) y/o que se encuentren privados de la libertad, la Universidad facilitará los recursos y estrategias para llevar a cabo los procesos de evaluación de los aprendizajes.
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Para garantizar la verificación y validación de la identidad del estudiante y la integralidad y originalidad en la presentación de sus actividades y evidencias de aprendizaje, la institución implementa estrategias y herramientas tecnopedagógicas, entre las que se encuentran:

a) Doble autenticación. Permite el ingreso al campus virtual a través de las credenciales registradas que se validan nuevamente por medio del correo electrónico del estudiante registrado.
b) Geolocalización. Identificación de la ubicación geográfica y los equipos de acceso al campus virtual a través de la IP del usuario.
c) Reconocimiento facial. Identifica y monitorea la identidad del estudiante a través del registro de imágenes y/o video que permiten reconocer sus características faciales.
d) Prevención y detección de plagio. Análisis de la originalidad de documentos, a través de la comparación frente a bases de datos y publicaciones en internet y la revisión de la citación de referencias.

Parágrafo único. Para el caso del uso de la herramienta del Reconocimiento Facial en las evaluaciones de los cursos de la institución que correspondan, el estudiante autorizará a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD, para recolectar, almacenar, usar, actualizar, suprimir y tratar sus datos biométricos, proceso que se realizará en la formalización de su matrícula, de conformidad con la normatividad vigente, así como también con la Política para el tratamiento de datos institucional.
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Es la planeación de los procesos evaluativos del aprendizaje de los estudiantes dentro de la programación académica y que se especifica en las agendas establecidas para cada curso académico. La evaluación del aprendizaje según sus momentos se clasifica en:

a) Evaluación inicial. Permite identificar a través de diferentes métodos de valoración, el nivel de conocimientos y competencias del estudiante frente al proceso de aprendizaje que inicia, que le permite al docente definir estrategias didácticas complementarias para fortalecer los procesos de aprendizaje de los estudiantes.

b) Evaluaciones intermedias. Permiten la interacción entre los estudiantes y docentes, a través del acompañamiento permanente y la realimentación continua en torno al proceso de aprendizaje, con el fin de valorar y orientar el logro de los resultados de aprendizaje esperados.

c) Evaluación final. Permite valorar el nivel de desempeño logrado por el estudiante frente a los resultados de aprendizaje planteados, a fin de certificar sus aprendizajes
Establecer diferencias entre T ...
por cc
3 años 3 meses antes
Los procesos formativos y sumativos tienen un carácter integral que se desarrolla a través del curso académico, y tendrán una valoración total del cien por ciento (100 %) distribuido entre los momentos de evaluación: Evaluación inicial y Evaluación intermedia (setenta y cinco por ciento (75 %) de la nota total del curso) y Evaluación final (veinticinco por ciento (25 %) de la nota total del curso), cualquiera que sea la estrategia de aprendizaje y de evaluación definida.

Parágrafo único. Para el programa de ciclo de Educación Básica y Media de Educación Permanente, la valoración total del cien por ciento (100 %) estará distribuido entre los momentos de evaluación: Evaluación inicial, Evaluación intermedia (setenta por ciento (70 %) de la nota total del curso) y Evaluación final (treinta por ciento (30 %) de la nota total del curso, cualquiera que sea la estrategia de aprendizaje y de evaluación definida.
Propuesta Reforma - Articulo 1 ...
por yersonAF
3 años 3 meses antes
Valoración de los resultados del proceso de aprendizaje, que se expresa de manera cuantitativa utilizando una escala que va de cero punto cero (0.0) a cinco punto cero (5.0). La calificación mínima aprobatoria es de tres punto cero (3.0) para cursos de programas de grado y para las asignaturas del ciclo de Educación Básica y Media de Educación Permanente, y tres punto cinco (3.5) para cursos de programas de posgrado.

Parágrafo 1. Cuando un estudiante no presente alguna de las actividades tanto académicas como evaluativas, estas serán valoradas con una calificación de cero punto cero (0.0). En este caso, el estudiante tendrá un plazo de tres (3) días a partir de la notificación de la calificación para contactar a su tutor y presentar soportes físicos o digitales que justifiquen el no haber presentado dicha(s) actividad(es) en las fechas estipuladas.

Parágrafo 2. La nota aprobatoria para curso de posgrados es de tres punto cinco (3.5), incluso cuando se toman los cursos como opción de grado.

Parágrafo 3. La escala de calificación para los Programas de Educación Permanente en alfabetización, educación formal de adultos y educación para el trabajo el desarrollo humano corresponde a la escala valoración nacional definida: desempeño superior: cuatro punto seis (4.6) a cinco punto cero (5.0), alto: cuatro punto cero (4.0) a cuatro punto cinco (4.5), básico: tres punto cero (3.0) a tres punto nueve (3.9) y bajo: cero punto cero (0.0) a dos punto nueve (2.9).

Parágrafo 4. De acuerdo con la escala de calificación para los programas del Sistema de Educación Permanente, Alfabetización y Educación para el Trabajo el Desarrollo Humano se considera aprobado cuando un estudiante ha logrado un desempeño en nivel básico con nota mínima de tres punto cero (3.0).

Parágrafo 5. Para el caso de la oferta de Educación Continua, la valoración de los procesos de aprendizaje se expresa de manera cualitativa, referida a la participación de un mínimo del sesenta 60% de las actividades; de esta forma, si el participante cumple o desarrolla las actividades en este porcentaje o más, dará lugar a la expedición del certificado de asistencia y participación del programa.

Parágrafo 6. Para el caso de la aprobación de los cursos y/o programas de formación pertenecientes al Sistema Universitario Abierto (SUA), la valoración de los procesos de aprendizaje se expresa de manera cuantitativa y/o cualitativa, de acuerdo con las condiciones establecidas en las plataformas externas de los cursos tipo MOOC con el cual la UNAD tiene convenios/contratos establecidos, así como por las condiciones y normas internas de la institución, cuando se usa la plataforma interna del SUA en la UNAD.
Calificaciones con fechas esta ...
por Estebanmuto010
3 años 3 meses antes
Son los procesos de asesoría académica, orientación metodológica, realimentación y comunicación dialógica que realiza el docente a los estudiantes. Estos procesos deben desarrollarse de manera permanente, oportuna y pertinente, de acuerdo con las actividades y evaluaciones programadas para el proceso formativo.

Parágrafo 1. La información de retorno a las actividades evaluativas debe entregarse al estudiante entre diez (10) días, contados a partir del cierre de la actividad. Para las actividades de realimentación automática, ésta se entregará dentro de los cinco (5) días posteriores al cierre de esta dando cumplimiento a las fechas establecidas en la agenda del curso. De igual manera, la realimentación para los procesos del trabajo colaborativo por parte del docente será de carácter permanente y se realizará utilizando los recursos tecnológicos establecidos para su desarrollo. Aplica para los períodos académicos ordinarios de dieciséis (16) semanas y para los ciclos del programa del Sistema de Educación Permanente, Alfabetización y Educación para el Trabajo el Desarrollo Humano. Para los períodos académicos de ocho (8) semanas, el tiempo para suministrar la información de retorno dada por el docente será proporcional al número de semanas de duración de las actividades.

Parágrafo 2. Para la realimentación de las Pruebas Objetivas Abiertas (POA) tales como informes de laboratorio, simulaciones, solución de problemas, formulación de proyectos, estudios de caso, entre otras, esta se realizará conforme a las fechas programadas en la agenda del curso.
Realimentación de actividades ...
por rsdiazi
3 años 3 meses antes
Derecho que tiene el estudiante a solicitar al docente de su respectivo curso la revisión de los resultados de los procesos evaluativos. El estudiante dispondrá de los tres (3) días calendario, siguientes a la publicación de su calificación, para presentar su solicitud. El docente contará con cinco (5) días calendario, a partir de la solicitud, para resolverla. Si realizada la revisión, el estudiante sigue considerando inadecuada su calificación, puede solicitar una nueva revisión al director de curso, quien dispondrá de cinco (5) días calendario para realizar la recalificación, que tendrá el carácter de decisión definitiva.

Parágrafo único. Si el docente y director de curso son la misma persona, se deberá hacer la solicitud ante el Líder Nacional del programa, quien será responsable de emitir la calificación definitiva.
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Es la oportunidad de presentación de una prueba que se otorga al estudiante de programa de grado que obtenga en un curso académico una calificación definitiva inferior a tres punto cero (3.0) y mayor o igual a dos punto cero (2.0). Cuando la calificación definitiva del curso sea inferior a dos punto cero (2.0), se considera inhabilitable y el estudiante podrá matricularse en el periodo inmediatamente siguiente.

Parágrafo 1. La habilitación aplica para todos los cursos teóricos, y para aquellos cursos de tipo metodológico que sean estipulados y comunicados por la escuela o unidad académica del nivel de formación técnica profesional, tecnológica y profesional. En ningún caso aplica para cursos de posgrado, Diplomados de profundización, ni cursos de tipo práctico.

Parágrafo 2. Para aprobar el curso académico el estudiante de un estudiante de grado y de ciclo de Educación Básica y Media de Educación Permanente debe obtener una calificación igual o superior a tres punto cero (3.0) en la prueba de habilitación.

Parágrafo 3. El estudiante podrá presentar la habilitación, previo pago de los derechos pecuniarios y cronograma propuesto para tal fin y en las fechas establecidas en el calendario académico.

Parágrafo 4. En caso de que el estudiante haya pagado los derechos pecuniarios por concepto de habilitación y no haya presentado la misma, en el Plan de Estudios Individual se registrará la calificación obtenida en el desarrollo del curso y no habrá lugar a la devolución de los derechos pecuniarios.

Parágrafo 5. En todo caso, en el registro académico le será registrada la calificación mayor obtenida entre la habilitación o el desarrollo de las actividades académicas y evaluativas del curso.
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Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente demostrado, en los términos establecidos por el Código Civil Colombiano, el estudiante que no pueda cumplir en la fecha prevista para la presentación de la evaluación final, la Universidad podrá realizar un examen supletorio, previa solicitud, autorización y pago de los derechos pecuniarios correspondientes. Para solicitar el examen supletorio, el estudiante debe diligenciar el Formato Único de Solicitud FUS o el FUS Digital UNAD y someterlo a revisión de la dirección del Centro y del curso. El área de Registro y Control académico expedirá el recibo de pago correspondiente y en tres (3) días hábiles, el estudiante tendrá el examen supletorio habilitado en el campus virtual.
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Es el reconocimiento académico en créditos que la institución, a través de la Vicerrectoría Académica y de Investigación, realiza de acuerdo con los resultados de los procesos de aprendizaje obtenidos por el estudiante, se llevará a cabo para avanzar en el desarrollo del plan de estudios hasta culminar satisfactoriamente el programa académico.

Parágrafo único. Para los programas del Sistema de Educación Permanente, Alfabetización y Educación para el Trabajo el Desarrollo Humano se brindará promoción al siguiente ciclo académico a quienes hayan culminado la totalidad de actividades formativas satisfactoriamente del ciclo cursado y se encuentre a paz y salvo con el área administrativa. Para los estudiantes del último ciclo académico (ciclo VI) se considera la promoción académica y su proclamación como bachiller, a quienes hayan culminado la totalidad de actividades formativas satisfactoriamente del ciclo cursado, realicen el pago de derechos de grado y se encuentre a paz y salvo con el área administrativa.
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