Es el reconocimiento académico en créditos que la institución, a través de la Vicerrectoría Académica y de Investigación, realiza de acuerdo con los resultados de los procesos de aprendizaje obtenidos por el estudiante, se llevará a cabo para avanzar en el desarrollo del plan de estudios hasta culminar satisfactoriamente el programa académico.
Parágrafo único. Para los programas del Sistema de Educación Permanente, Alfabetización y Educación para el Trabajo el Desarrollo Humano se brindará promoción al siguiente ciclo académico a quienes hayan culminado la totalidad de actividades formativas satisfactoriamente del ciclo cursado y se encuentre a paz y salvo con el área administrativa. Para los estudiantes del último ciclo académico (ciclo VI) se considera la promoción académica y su proclamación como bachiller, a quienes hayan culminado la totalidad de actividades formativas satisfactoriamente del ciclo cursado, realicen el pago de derechos de grado y se encuentre a paz y salvo con el área administrativa. |