Para este artículo que contempla las faltas contra el orden universitario, propongo que sea incluido un literal que considere las violencias o abusos a las que nos sometemos las mujeres, por ejemplo que se sancione la conducta de un alumno que esta acosando por mensajes a una compañera , transgrediendo el ámbito académico ya sea de manera sexual o no, pues se debe tener presente que nos vemos enfrentadas a todo clase de violencia, desde la que es evidente a la que es institucionalizada y difícil de percibir.
Si bien es cierto existe un literal C, donde se sanciona los actos discriminatorios, no es suficiente para abarcar todo tipo de acciones (violentas) a las que nos podemos ver sometidas las mujeres.
Todo esto, en pro de cumplir con los estándares internacionales y nacionales, donde se debe tener en cuenta el enfoque de genero en la toma de decisiones, en la implementación de normas o como lo es este caso en el estatuto estudiantil, puesto que abarca una gran cantidad de estudiantes dentro del territorio nacional y debe considerar todos los escenarios para garantizar los derechos a todos.