Para ejercer el rol de Monitor, el estudiante participará de la convocatoria pública; en igualdad de condiciones de acuerdo con su calidad de estudiante, cumpliendo con los requisitos estipulados en el proceso de selección, y su reconocimiento se hará mediante Resolución Rectoral.
Parágrafo único. El Monitor no tiene ningún tipo de vínculo laboral ni contractual con la Universidad, por lo tanto, no podrá acceder a una prestación social ni tampoco a un subsidio de transporte, dado que su condición es de estudiante, que brinda un apoyo a la Institución a través del ejercicio de la Monitoría, en cual recibe un reconocimiento académico, económico y de cualificación. |