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Artículo 153. Monitoria 9 temasAcompañamiento a estudiantes, en el marco del Modelo Pedagógico Unadista que contribuye al fortalecimiento del bienestar integral, académico y a la retención y permanencia, por parte de otros estudiantes avanzados académicamente, destacados por su actitud de servicio y que han sido seleccionados mediante convocatoria de méritos.
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Artículo 154. Requisitos 6 temasPara acceder al proceso de convocatoria pública en calidad de Monitor en las diferentes tipologías establecidas y sus niveles de formación grado, posgrado y educación básica y media, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser estudiante de un programa de grado (tecnología o profesional) de la Universidad Nacional, Abierta y a Distancia UNAD, en Colombia, con matrícula actual en uno de los periodos académicos vigentes de la convocatoria de la monitoria de pregrado. b) No tener sanciones disciplinarias en la Universidad ni fiscales ante los diferentes Organismos de Control. c) En el caso de ser estudiante extranjero que reside en Colombia, contar con documento (pasaporte o visa) vigente. d) Haber cursado y aprobado, por lo menos, dos periodos académicos en la UNAD antes de acceder a la Monitoría, en caso de ser estudiante admitido por homologación. e) Haber cursado y aprobado mínimo treinta (30) y máximo ciento cuarenta (140) créditos académicos si es programa de grado, en el cual se encuentra matriculado. f) Haber cursado y aprobado mínimo treinta (30) y máximo setenta (70) créditos académicos si es una tecnología, en la cual se encuentra matriculado. g) Tener un promedio académico acumulado mínimo de tres punto cinco (3.5). h) No tener cursos reprobados en el periodo académico anterior a la convocatoria. i) Tener disponibilidad de tiempo para desarrollar la Monitoría en la tipología a postularse, de acuerdo con el horario y el plan de actividades propuesto desde la Vicerrectoría de Servicios a Aspirantes, Estudiantes y Egresados - VISAE, sin afectación a su proceso formativo en la Universidad. j) Tener dominio del Campus Virtual de la UNAD, en la gestión de redes virtuales e informática básica. k) Residir en la ciudad donde se encuentra el Centro donde ejercerá la Monitoría. l) Aprobar las pruebas que determine la VISAE para el proceso de inscripción y selección de la convocatoria. m) Realizar el proceso de cualificación tendiente a fortalecer su nivel de conocimiento del área o rol en donde asumirá la monitoría. Parágrafo 1. Monitoría de posgrados. Para acceder al proceso de convocatoria pública en calidad de Monitor en las diferentes tipologías establecidas y nivel de formación posgradual, el estudiante deberá cumplir con los requisitos establecidos en este artículo, teniendo en cuenta los requisitos específicos, según nivel de formación: a) Ser estudiante de un programa de posgrado (especialización o maestría) de la Universidad Nacional, Abierta y a Distancia UNAD, en Colombia, con matrícula actual en uno de los periodos académicos vigentes de la convocatoria de la monitoria de posgrado. b) Haber cursado y aprobado mínimo seis (6) créditos académicos del posgrado en el cual se encuentra matriculado, y sin requisito de créditos para los estudiantes de especialización graduados en el año inmediatamente anterior a la postulación. c) Tener un promedio académico acumulado mínimo de cuatro (4). Parágrafo 2. Monitoría de educación básica o media. Para acceder al proceso de convocatoria pública en calidad de Monitor en las diferentes tipologías establecidas y nivel de formación de educación básica y Media, el estudiante deberá cumplir con los requisitos establecidos en este artículo, teniendo en cuenta los requisitos específicos, según nivel de formación: a) Tener matrícula activa en uno de los ciclos académicos vigentes en que se realice la convocatoria de la monitoria. b) Haber cursado y aprobado como mínimo un ciclo académico. |
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Artículo 155. Convocatoria 6 temasPara ejercer el rol de Monitor, el estudiante participará de la convocatoria pública; en igualdad de condiciones de acuerdo con su calidad de estudiante, cumpliendo con los requisitos estipulados en el proceso de selección, y su reconocimiento se hará mediante Resolución Rectoral.
Parágrafo único. El Monitor no tiene ningún tipo de vínculo laboral ni contractual con la Universidad, por lo tanto, no podrá acceder a una prestación social ni tampoco a un subsidio de transporte, dado que su condición es de estudiante, que brinda un apoyo a la Institución a través del ejercicio de la Monitoría, en cual recibe un reconocimiento académico, económico y de cualificación. |
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El desempeño de la monitoría se ejercerá en tres (3) tipologías: de permanencia estudiantil, bienestar integral y académico, tipologías que se constituyen en el escenario específico para ejercer su rol, según la necesidad de apoyo al estamento estudiantil evidenciado en las Zonas o Centros.
Estas tipologías se dividen en subtipologías que tendrán responsabilidades específicas que serán definidas en la Resolución de Rectoral de reconocimiento, según el perfil de cada Monitor. Parágrafo 1. Permanencia Estudiantil. Desempeñan el rol de apoyo a la labor de acompañamiento a los estudiantes, en la orientación académica en el campo de formación de acogida e integración Unadista, y en la construcción e implementación de estrategias para favorecer la adaptación, retención y permanencia exitosa de los estudiantes. Dentro de esta tipología, se clasifican las siguientes: a) Acompañamiento Estudiantil b) Atención en Registro y Control c) Educación Inclusiva d) Contact Center e) Sistema Nacional de Educación Permanente (SINEP) f) Sistema Nacional de Educación Continua y Proyección Social (SINEC) g) Sistema Universitario Abierto (SUA) h) Líder Zonal de Monitoría Parágrafo 2. Monitoría de Bienestar Integral. Apoyan en la promoción de la vida universitaria en pro de la formación integral de los aspirantes, estudiantes y egresados a través de las vivencias significativas, definidas en cada una de las líneas de acción del Bienestar Integral, tanto en la mediación virtual como in situ. Dentro de esta tipología, se clasifican las siguientes: a) Bienestar (para sus diferentes líneas) b) Grados c) Egresados d) Comunicaciones y Marketing e) Emisora RUV f) Canal de Televisión Parágrafo 3. Monitoría Académica: Dinamiza, apoya y orienta las diferentes estrategias virtuales y presenciales dispuestas para la interacción en la vida académica de los estudiantes. Dentro de esta tipología, se integran las siguientes subtipologias: a) Programas b) Escuelas c) Cursos Académicos d) Investigación e) Biblioteca f) Prácticas de Laboratorio g) Prácticas Pedagógicas h) Observatorio Intersistemico Regional (OIR) |
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La Vicerrectoría de Servicios a Aspirantes, Estudiantes y Egresados en coordinación con los supervisores del monitor, realizará la evaluación y el seguimiento al desempeño del monitor en conformidad con el plan de actividades e informes aprobados para el ejercicio de su rol.
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Artículo 158. Pérdida de calidad de Monitor No hay temasEl estudiante pierde la calidad del Monitor si dentro de la ejecución de la Monitoría se presentan las siguientes situaciones:
a) No estar matriculado como estudiante activo en los periodos para los cuales ha sido seleccionado, en cualquier nivel de formación de la Universidad, en Colombia. b) No mantener el promedio académico mínimo acumulado de tres punto cinco (3.5). c) Ser sancionado disciplinariamente. d) Incumplir con los tiempos asignados para el desarrollo de la Monitoría, de manera presencial o virtual en el Centro de la UNAD para el cual fue designado como Monitor, de acuerdo con el horario y plan de actividades estipulado por la VISAE. e) Incumplimiento de las responsabilidades asumidas reportadas por el Supervisor, el Director del Centro o Líder Nacional de Monitores. f) Desistir de manera voluntaria de la Monitoría. g) Incitar acciones de falta de respeto o malestar con el fin de afectar el buen nombre de los funcionarios o pares académicos. |
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El proceso de convocatoria y reconocimiento de los Monitores se realizará mediante Resolución Rectoral.
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